Por unanimidad, aprueban nueva Ley del Notariado

marzo 22, 2018
Por unanimidad, aprueban nueva Ley del Notariado

Con el respaldo de los federatarios y por acuerdo unánime, el Pleno de la Legislatura aprobó la nueva Ley del Notariado Para el Estado, la cual regula su actividad y brinda seguridad y certeza jurídica a los duranguenses al ser un ordenamiento que responde a las condiciones actuales que vive el estado.

El nuevo ordenamiento que elaboraron los integrantes de la Comisión de Gobernación, se construyó con las opiniones de los notarios en el Estado a través de diferentes mesas de trabajo, cuyo dictamen es resultado de la iniciativa que presentó el Ejecutivo del Estado y los diputados locales.

Al hacer uso de la tribuna, la presidenta de la Comisión, Jaqueline del Río López destacó que desde 1974 no se había realizado ninguna reforma, por lo que el ordenamiento vigente se encontraba desfaso de las condiciones actuales que vive Durango.

En este sentido, señaló que la nueva ley garantiza el derecho del compareciente al establecer mecanismos novedosos y la creación de un reglamento que regula sus facultades, atribuciones y obligaciones, aspecto que brindan seguridad jurídica, el cual se debe elaborar en un plazo no mayor de seis meses por parte de Ejecutivo.

Por su parte, la diputada Mar Grecia Oliva Guerrero precisó que a lo largo de casi un año se trabajó de manera conjunta, para entregar a la sociedad un proyecto renovado que incluye los reclamos de los notarios públicos.

Además, destacó que los notarios son lo mejor de lo mejor del ejercicio del derecho, por lo que el nuevo ordenamiento permitirá que realicen su trabajo con mayor profesionalismo.

La nueva Ley consta de 235 artículos divididos en seis títulos, la cual contempla el Protocolo Electrónico, que es el conjunto de documentos, implementos y archivos electrónicos en los que constan actos y hechos autorizados por el Notario, el cual será optativo para los notarios que tengan interés y voluntad de integrarse a este sistema.

Además, establece que la Dirección General llevará un registro especial denominado “Registro de Avisos de Poderes Notariales” y transmitirá por medios electrónicos al Registro Nacional de Avisos de Poderes Notariales.

 

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